Novedades EUNED: "Ley contra el hostigamiento o acoso sexual en el empleo y la docencia"

Con la publicación de esta Ley, la EUNED contribuye a divulgar información fundamental para la sana convivencia en nuestra sociedad.

Carolina Arias Núñez

aariasn@uned.ac.cr

 

El especialista en Derecho Público y Educativo, Celín Arce Gómez, publicó con la EUNED la Ley contra el hostigamiento o acoso sexual en el empleo y la docencia, edición que recoge la jurisprudencia judicial más importante sobre el tema hasta la fecha.

Con el propósito de ampliar el tema del acoso sexual en el empleo y la docencia, conversamos con la Directora del Instituto de Estudios del Género de la UNED, M.Sc. Rocío Chaves Jiménez.

El hostigamiento sexual es “todo acto de índole sexual ejercido por una persona en contra del deseo y la voluntad de otra, que se manifiesta por amenazas, intimidación, persecución y que puede ser expresado en forma física, verbal o emocional.” (UNED, 2018)

Rocío Chaves explica que, al ser una conducta tan arraigada en nuestra sociedad, tiende a invisibilizarse, pues se considera “lo normal” en las relaciones interpersonales. Sin embargo, la base del acoso sexual es la demostración de poder y se convierte en un impedimento para el desarrollo integral de las personas que lo sufren en el ámbito del trabajo y la educación, en el sector público y privado.

Escuche sobre el contexto en que se promulgó la Ley contra el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia, Ley No.7476 del 3 de febrero de 1995.

Ley contra el acoso sexual

El hostigamiento sexual es un tipo específico de violencia y discriminación por razones de género, por lo cual, en 1995, se promulgó la Ley No.7476. En el 2010, se le hicieron una serie de reformas, a fin de incorporar mejor la perspectiva de género.

Una de las modificaciones más importantes, según Chaves, es no tener que hacer una investigación preliminar para abrir un proceso administrativo disciplinario por acoso sexual, como sí se debe hacer en procesos de otro tipo. A pesar de la resistencia que ello provocó, se aprobó como parte de las reformas en el 2010.

Asimismo, se prohíbe la conciliación y todo intento de mediar o negociar durante el procedimiento, ya que, por haber relaciones de poder asimétricas, alguien podría ser privilegiado en el proceso.

Tampoco se permite la intermediación de ninguna persona, incluyendo a las jefaturas de las personas involucradas.

“Durante el proceso, se debe guardar confidencialidad y existe un deber de colaboración; es decir, toda persona miembro de la comunidad universitaria está en la obligación de brindar la colaboración necesaria cuando lo solicite la Junta Especial contra el Hostigamiento Sexual”, enfatizó Chaves.

De tal forma, debe haber una instancia especializada para atender los casos de acoso sexual, cuyos miembros serán especialistas en el tema. En la UNED, se trata de la Junta Especial contra el Hostigamiento Sexual, nombrada por el Consejo Universitario y precedida por la Dirección del Instituto de Estudios de Género.

Es a partir de la Junta Especial que se forman los órganos investigadores de los casos de hostigamiento sexual, los cuales son regidos por la Ley No.7476.

Asimismo, la Defensoría de los Habitantes asesora y da seguimiento a los casos. “Apenas se abre un procedimiento hay que informarle a la Defensoría, lo mismo que al cerrarlo y si una víctima siente que su caso no está siendo atendido debidamente, puede informar a la Defensoría”, explicó Chaves.

Directora del Instituto de Investigaciones en Género, UNED

¿Se puede prevenir el acoso sexual?

Según la Directora del Instituto de Estudios de Género de la UNED, ante la necesidad de hacer todo un cambio de cultura organizacional, se requiere hacer campañas informativas, capacitaciones y asesorías sobre el tema.

La UNED, específicamente, aprobó en el 2012 el Reglamento para prevenir, prohibir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual en la Universidad Estatal a Distancia y, en el 2014, constituyó formalmente la Junta Especial contra el Hostigamiento Sexual en la UNED.

También se cuenta con un Protocolo para la prevención y denuncia sobre casos de hostigamiento sexual y, en setiembre del 2017, el Consejo Universitario aprobó la Política contra el Hostigamiento sexual.

Toda esta documentación se envía por correo electrónico al funcionariado y, en papel, a los centros universitarios, a fin de que el estudiantado también tenga acceso a ella; asimismo, se están generando estrategias de prevención con la Federación de Estudiantes de la UNED.

¿Cómo se manifiesta el acoso sexual?

  1. Uso de palabras, gestos, ademanes, símbolos e imágenes que resultan hostiles, humillantes y ofensivas.
  2. Acercamientos corporales de naturaleza sexual indeseados y ofensivos.
  3. Requerimientos de favores sexuales.  

 

 

 

 

 

Si necesita más información sobre el tema, puede escribir a: hostigamientosexual@uned.ac.cr, iegenero@uned.ac.cr o llamar al 2234-3236, ext. 3972 o 3974.

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