Consejo Editorial

Base Legal

Por acuerdo de la Junta Universitaria el 28 de octubre de 1977, según el acta Nº 40, artículo V, inciso 5, el Consejo de Rectoría realizaba las funciones del Consejo Editorial. Posteriormente, la Junta Universitaria crea el Consejo Editorial, según el artículo Nº 3, acta Nº 125 del 31 enero de 1979. En el Reglamento Editorial de la UNED, aprobado por el Consejo Universitario en la sesión 1395-99, artículo VI, inciso 3), celebrada el 30 de junio de 1999, se regula la estructura y el funcionamiento de la Editorial de la Universidad Estatal a Distancia (EUNED).

Este cuerpo colegiado está integrado por prominentes figuras de la cultura nacional y por importantes autoridades universitarias:

Miembros Externos

Licda. Inés Trejos Araya
Dra. Alexandra Ortiz Wallner
Dr. Rafael Ángel Herra Rodríguez
Dr. Albino Chacón Gutiérrez

ATRAS

 

 

Miembros Internos

Dr. Vladimir de la Cruz de Lemos, representante del Consejo Universitario, presidente
M.L. Gustavo Solórzano-Alfaro, director editorial, secretario
Dra. Ana Catalina Montenegro Granados, representante del Consejo Universitario
Mag. Laura Vargas Badilla, vicerrectora ejecutiva - jefa Ofina de Distribución y Ventas
Mónica Gabriela Picado Segura, representante de la FEUNED

ATRAS

 

Funciones del Consejo Editorial

Son funciones del Consejo Editorial:

a) Aprobar o improbar la publicación de las obras y publicaciones periódicas de la línea editorial que se indican en los incisos b), c) y d) del artículo 3. Cuando lo crea conveniente, podrá asesorarse con especialistas o personas versadas en la materia de que se trate.

b) Fijar las políticas necesarias para el adecuado manejo de los recursos de la EUNED y para cumplir con los objetivos indicados en los artículos dos y tres del Reglamento de la Editorial.

c) Velar por la promoción, difusión y distribución de las obras producidas por la EUNED, así como de la presentación pública de cada obra editada.

d) Aprobar con la debida anticipación los planes y proyectos editoriales, tomando en consideración los criterios técnicos y presupuestarios necesarios.

e) Aprobar las características temáticas y formales de las obras de línea editorial, así como fijar políticas de precios y de tiraje.

f) Sesionar una vez al mes de forma ordinaria y en forma extraordinaria, cuando sea convocado por su Presidente o por al menos cuatro de sus miembros. Las resoluciones serán tomadas por mayoría de votos y en caso de empate decidirá quien presida. El quórum se formará con cuatro de los miembros.

g) Velar por el adecuado manejo, archivo y custodia de las actas y los acuerdos tomados por el Consejo Editorial, de lo cual se encargará a la Dirección Editorial, en condición de Secretaría Ejecutiva.

h) Aprobar y modificar los procedimientos y el manual de estilo e la EUNED.

i) Nombrar a los miembros del Consejo de Redacción de la Revista Nacional de Cultura, y disponer los procedimientos para el funcionamiento de la revista.

j) Nombrar un representante en los Consejos de Redacción de las revistas de la UNED, quienes durarán en su puesto por un período de cuatro años.

 

ATRAS