Normas de recepción de obras de interés general

 

En el presente documento, se detallan las normas generales para someter a consideración de la Editorial de la Universidad Estatal a Distancia (EUNED) obras de interés general en los ámbitos de cuento, novela, crónica, ensayo, historia, ciencias sociales y humanidades.

 

  1. Se solicita: un libro de cualquier rama de ensayo, historia, narrativa, ciencias sociales y humanidades, escrito en español, original, de preferencia inédito, que no esté comprometido o en espera de dictamen con ninguna otra editorial, ni pendiente de fallo en ningún certamen. No se aceptan tesis o informes de investigación que no hayan sido previamente adaptados a las normas y extensión del ensayo científico.
  2. Extensión mínima: 100 páginas.
  3. Tema: libre.
  4. Pueden participar: personas de nacionalidad costarricense o radicadas permanentemente en el país. Se admiten libros en coautoría, compilaciones y obras de autores ya fallecidos, siempre y cuando el compilador o la persona que presente la obra cuente con los permisos respectivos y cumpla con la legislación vigente en materia de derechos de autor.
  5. Período de recepción: 1 de setiembre al 31 de octubre.
  6. Presentación del texto:
    1. El texto debe ser perfectamente legible en toda su extensión y debe estar digitado con letra tamaño 12, tipo Arial o Times New Roman, a doble espacio, justificado a la izquierda, en página tamaño carta.
    2. Las obras podrán ser entregadas únicamente a través del formulario habilitado para este fin, en el cual la persona autora o derechohabiente deberá llenar la información solicitada y adjuntar un archivo de Microsoft Word que contenga la obra propiamente dicha.
    3. Cuando se trate de colecciones u obras organizadas por partes o capítulos, deben incluir índices o tablas de contenido, así como índices de tablas o figuras.
    4. Cuando la obra incluya citas y referencias bibliográficas, debe venir acompañada de la correspondiente bibliografía y emplear un sistema de referencias reconocido internacionalmente.
    5. Cuando se trate de compilaciones o antologías, la persona que compila deberá aportar una declaración jurada de que cuenta con los derechos o permisos para el uso de los textos o que estos ya son de dominio público, según corresponda. Aunque se admite que los textos compilados no sean inéditos, la selección de los textos y el aparato crítico que la acompañe deberán ser rigurosamente originales de la persona que compila.
    6. Si la obra incluye ilustraciones, fotografías o cualquier otro tipo de imagen, podrá presentarse en archivo PDF con imágenes de baja resolución. Posteriormente, si la obra fuere aprobada para publicar, la persona autora o derechohabiente deberá entregar el texto en archivo de Word y las imágenes en archivos aparte, con una resolución mínima de 300 dpi.
    7. No son reproducibles profesionalmente imágenes tomadas de Internet o de soportes electrónicos que no cumplan con los requisitos anteriores. La EUNED se reserva el derecho de seleccionar el material gráfico que sea reproducido en el libro. Si los archivos de imagen no cumpliesen con los requerimientos técnicos indicados, la EUNED solicitará al autor o la autora la entrega de archivos que cumplan con dichos requerimientos o, en su defecto, que presente a la editorial los originales físicos para su captura o escaneo.
  7. Se requiere la autorización expresa de la persona autora de cualquier material gráfico o fotográfico sujeto a derecho de propiedad intelectual que vaya a ser reproducido en el libro. En su defecto, se solicitará el permiso de sus derechohabientes o una declaración jurada del autor o la autora del libro, en la cual haga constar que cuenta con los permisos o derechos para el uso de las imágenes y libera de responsabilidad a la editorial por cualquier reclamo en ese sentido.
  8. Se admiten obras en coautoría, compilaciones de cuento, ensayo o poesía o de varios autores, reediciones o antologías de obras no inéditas o de autores fallecidos, secuelas, precuelas y demás modalidades de obras derivadas de libros ya publicados, etc. El análisis de cualquier caso o propuesta que no se ajuste a las presentes normas o que no se haya considerado en ellas quedará a criterio del Consejo Editorial de la EUNED.
  9. Las obras que no sean aprobadas para publicar serán descartadas sin que quepa reclamación alguna en este sentido. La EUNED no se hace responsable por las pérdidas o daños de archivos entregados a direcciones electrónicas distintas de la que aquí se establece o por la acción de terceros.
  10. Dirección del formulario para entrega: https://forms.gle/gki44V9RLVuE7z4d8

 

AVISOS ÉTICOS Y LEGALES:

 

  1. El Consejo Editorial se reserva el derecho de aprobar o rechazar la obra presentada conforme a su interés o conveniencia.
  2. El proceso de evaluación tendrá un carácter confidencial.
  3. Las recomendaciones que el Consejo Editorial pueda hacer al titular de una obra rechazada no constituyen un compromiso de publicación por parte de la EUNED.
  4. La EUNED está en la obligación de suscribir contratos de edición con las personas autoras o derechohabientes de las obras aprobadas solo por acuerdo escrito del Consejo Editorial.
  5. La obra estará sujeta a un análisis de factibilidad editorial final en el que la EUNED, de considerarlo necesario, hará recomendaciones de fondo y de forma, las cuales deberán ser atendidas antes de suscribir el respectivo contrato de edición.
  6. Las personas derechohabientes de obras protegidas por la legislación vigente de derechos de autor sobre personas fallecidas deberán contar con los atestados correspondientes para la firma del contrato de la obra en cuestión.
  7. La EUNED está en la obligación de dejar sin efecto la publicación de cualquier obra en la que se compruebe de modo fehaciente o razonable cualquier violación de lo establecido por la legislación en materia de propiedad intelectual o derecho editorial.
  8. Cualquier autor o autora que publique una obra por medio de la EUNED se compromete a participar, dentro de sus posibilidades, en tres actividades promocionales.
  9. La EUNED tendrá potestad para la promoción y comercialización del contenido del libro, para lo cual podrá utilizar parcialmente el contenido de este, sin que medie una venta propiamente dicha.
  10. El autor o la autora autoriza la publicación de su libro por medios electrónicos, impresos o ambos, sin perjuicio de sus derechos.
  11. La UNED decidirá con respecto a las características gráficas de la edición, tales como formato, ilustraciones, papel, portada o similares. Para tales efectos, se escucharán también las sugerencias de la persona autora o derechohabiente, quien tendrá derecho de hacer las correcciones, enmiendas o mejoras que estime convenientes antes de que el libro entre en prensa. Sin embargo, cuando estas hagan más onerosa o difícil la impresión, deberá resarcir a la editorial los gastos correspondientes.
  12. Publicada la obra, la persona autora o derechohabiente tendrá un plazo de dieciocho meses para realizar reclamos si existiera alguna inconformidad con respecto a la impresión del libro. Transcurrido ese tiempo, la EUNED procederá al descarte de los originales y pruebas de preimpresión.
  13. Para recibir el pago de derechos de autor (sea con retribución económica o en especie), la persona autora o derechohabiente deberá contar con factura electrónica y estar inscrita y al día en sus obligaciones como persona trabajadora independiente en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y en el Ministerio de Hacienda. Lo anterior, en cumplimiento de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público Costarricense (NICSP), cuyo acatamiento se establece en el decreto n.° 34918 H del Gobierno de la república y la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas n.° 9635.
  14. La UNED pagará por concepto de derechos de autoría un porcentaje del precio al público por ejemplar o descarga vendida. Los derechos de autoría se liquidarán semestralmente, conforme con las ventas reportadas.
  15. La participación en esta convocatoria implica de forma automática la plena y total aceptación, sin reservas, de las presentes pautas. Para cualquier diferencia que hubiese de ser dirimida por vía judicial, las partes, renunciando a su propio fuero, se someten expresamente a la legislación costarricense y a los juzgados y tribunales de San José (cantón central de la provincia capital de Costa Rica).

 

Puede descargar estas normas de publicación en la sección ¿Cómo publicar? Cejilla Pautas generales

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